Qué es
El procedimiento simplificado es un proceso penal más rápido y concentrado que se tramita íntegramente ante el juez de garantía, para las faltas y los delitos de menor gravedad. Está regulado en los artículos 388 a 399 del Código Procesal Penal.
En vez de una investigación formalizada larga, una acusación y un juicio ante un tribunal oral de tres jueces, aquí hay un requerimiento del fiscal y, si no hay acuerdo, un juicio breve ante un solo juez.
Cuándo se aplica
- A las faltas: por ejemplo, hurto falta, lesiones leves, amenazas leves, ciertos desórdenes.
- A los simples delitos respecto de los cuales el fiscal requiera una pena que no exceda de presidio o reclusión menores en su grado mínimo (hasta 540 días).
Para las faltas castigadas solo con multa existe además un procedimiento monitorio, en que el juez puede imponer la multa sin audiencia y el imputado puede reclamar.
Cómo funciona
1. Requerimiento
El fiscal presenta un requerimiento ante el juez de garantía, con la individualización del imputado, la relación de los hechos, la pena que solicita y los antecedentes que lo fundan.
2. Audiencia
El juez cita al imputado, al fiscal y a la víctima a una audiencia. En ella:
- El juez informa al imputado sobre el requerimiento.
- Se puede intentar un acuerdo reparatorio o una suspensión condicional del procedimiento.
- Si no hay salida alternativa, el juez pregunta al imputado si admite su responsabilidad en los hechos.
3a. Si admite responsabilidad
El juez dicta sentencia de inmediato. Una ventaja relevante: cuando el imputado admite responsabilidad, el fiscal puede modificar su petición de pena a la baja y el juez no puede imponer una pena superior a la pedida. En la práctica, suelen aplicarse penas bajas o sustitutivas.
3b. Si no admite responsabilidad
Se realiza un juicio simplificado, en la misma audiencia o en una próxima, ante el juez de garantía. Se rinde la prueba de ambas partes y el juez dicta sentencia, absolviendo o condenando.
Penas habituales
En el procedimiento simplificado suelen imponerse penas como:
- Multas.
- Prisión (para faltas) o presidio menor en su grado mínimo.
- Penas sustitutivas de la Ley 18.216, como la remisión condicional.
- Suspensión de licencia de conducir en delitos de tránsito.
Recursos
Contra la sentencia definitiva del juicio simplificado procede el recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones, por las causales legales.
Ventajas y riesgos
Ventajas: rapidez, menor costo, posibilidad de una pena baja si se admite responsabilidad.
Riesgos: admitir responsabilidad genera una condena y, en el caso de simples delitos, antecedentes penales. Conviene evaluar siempre con el defensor si la prueba realmente justifica admitir los hechos o si es mejor ir a juicio.
Casos típicos
- Conducción en estado de ebriedad sin resultado de lesiones.
- Hurto de menor cuantía en supermercados.
- Lesiones leves o menos graves.
- Amenazas no graves.
Preguntas frecuentes
¿Necesito abogado?
Sí, el imputado siempre debe estar asistido por un defensor, de su confianza o de la Defensoría Penal Pública.
¿Las faltas generan antecedentes?
Las condenas por faltas, por regla general, no se informan en el certificado de antecedentes para fines particulares.
Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.
