Apropiación indebida

Qué es la apropiación indebida: cuando quien recibió dinero o bienes para guardarlos o administrarlos se niega a devolverlos. Requisitos, penas y defensas.

Centro de Justicia de Santiago, sede de los tribunales penales. Foto: Carlos Figueroa Rojas, CC BY-SA 4.0

Qué es

La apropiación indebida es el delito que comete quien, habiendo recibido dinero, efectos o cualquier otra cosa mueble en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca la obligación de entregarla o devolverla, se apropia de ella o la distrae en perjuicio de otro, negándose a restituirla (artículo 470 N°1 del Código Penal).

Lo característico es que el autor recibió la cosa legítimamente: no la robó ni la hurtó. El delito ocurre después, cuando decide quedarse con ella o usarla para otro fin, en lugar de devolverla.

Elementos

  1. Recepción legítima de una cosa mueble o de dinero.
  2. Un título que obliga a restituir: depósito, comisión, administración, arrendamiento de un bien mueble, comodato, mandato, entre otros. No se aplica a los títulos que transfieren la propiedad (como el mutuo o préstamo de dinero).
  3. Apropiación o distracción: el autor se comporta como dueño de la cosa o la destina a un fin distinto del convenido.
  4. Negativa a restituir: normalmente se acredita con un requerimiento formal de devolución que no se cumple.
  5. Perjuicio para el dueño.

Ejemplos frecuentes

  • El administrador de un edificio que no rinde ni entrega los gastos comunes recaudados.
  • El corredor que recibe el dinero de una garantía o de un pie y no lo entrega.
  • El socio o mandatario que recibe dinero para un fin y lo usa para sí.
  • El arrendatario de un vehículo o maquinaria que no lo devuelve al término del contrato.
  • El mecánico que retiene sin derecho un vehículo entregado para reparación.
  • El empleador que retiene cotizaciones del trabajador y no las entera tiene una figura especial con penas similares.

Diferencia con otros delitos

  • Hurto: la cosa se sustrae sin la voluntad del dueño. En la apropiación indebida, el dueño la entregó voluntariamente.
  • Estafa: el engaño existe desde el inicio. En la apropiación indebida, la recepción fue legítima y la apropiación es posterior.
  • Incumplimiento civil: si la persona simplemente se atrasó en pagar una deuda (por ejemplo, un préstamo), no hay apropiación indebida, porque el dinero prestado pasa a ser suyo.

Penas

La pena se determina según el monto apropiado, aplicando la escala del artículo 467 (la misma de la estafa): presidio menor en distintos grados y multa, según los tramos en UTM.

El requerimiento previo

Aunque la ley no lo exige siempre de manera expresa, en la práctica es muy importante enviar un requerimiento de restitución (carta certificada, notificación notarial o requerimiento judicial) antes de denunciar. Sirve para acreditar que el autor fue llamado a devolver y no lo hizo, lo que demuestra la apropiación.

Defensas

  • Acreditar que el título transfirió la propiedad y no generaba obligación de restituir.
  • Discutir el monto: rendiciones de cuentas pendientes, compensaciones.
  • Probar que existía un derecho de retención legítimo.
  • Mostrar que se trata de una controversia civil sobre cuentas, no de una apropiación dolosa.

Qué hacer si eres víctima

  1. Reúne el contrato o los documentos que acreditan la entrega y la obligación de devolver.
  2. Envía un requerimiento formal de devolución.
  3. Presenta la denuncia o una querella.
  4. Evalúa un acuerdo reparatorio, que procede en este delito y permite recuperar el dinero.

Preguntas frecuentes

Le presté plata a un amigo y no me paga, ¿es apropiación indebida?

No. El préstamo transfiere el dinero; la falta de pago es un incumplimiento civil. Ver Contrato de mutuo.

¿Cuánto tiempo tengo para denunciar?

Por regla general, cinco años desde el hecho para los simples delitos, pero conviene actuar pronto.

Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.

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