Copropiedad inmobiliaria

Cómo funcionan los condominios en Chile bajo la Ley 21.442: bienes comunes, reglamento, asamblea, comité de administración, administrador y resolución de conflictos.

Vitacura con la cordillera de fondo. Foto: ESO/J. Girard (djulik.com), CC BY 4.0

Qué es

La copropiedad inmobiliaria es el régimen que se aplica a los condominios: edificios de departamentos, conjuntos de casas y otros inmuebles divididos en unidades de propiedad exclusiva (departamentos, casas, oficinas, estacionamientos, bodegas) que comparten bienes de dominio común (pasillos, ascensores, áreas verdes, piscinas, terreno).

Desde abril de 2022 se rige por la Ley 21.442, nueva ley de copropiedad inmobiliaria, que reemplazó a la Ley 19.537, y por su reglamento.

Dos tipos de bienes

  • Unidades: de propiedad exclusiva de cada copropietario.
  • Bienes comunes: pertenecen a todos los copropietarios en proporción a sus derechos (normalmente según el avalúo o la superficie de cada unidad). No pueden dividirse ni venderse separadamente de las unidades.

El reglamento de copropiedad

Cada condominio debe tener un reglamento de copropiedad, otorgado por escritura pública e inscrito en el Conservador. Regula los derechos y obligaciones de los copropietarios, el uso de los bienes comunes, la proporción en los gastos comunes y las normas de convivencia. Los condominios anteriores a la Ley 21.442 debían adecuar sus reglamentos.

Órganos de administración

Asamblea de copropietarios

Es el órgano máximo. Puede ser ordinaria (al menos una vez al año, para la cuenta del administrador y el presupuesto) o extraordinaria (para materias especiales, como modificar el reglamento, hacer obras extraordinarias o enajenar bienes comunes). Las decisiones se adoptan con los quórums que fija la ley según la materia. Se permiten asambleas y votaciones telemáticas.

Comité de administración

Elegido por la asamblea, representa a los copropietarios, supervisa al administrador y puede dictar normas de convivencia dentro del marco del reglamento.

Administrador

Persona natural o jurídica encargada de la gestión diaria: cobrar los gastos comunes, pagar a proveedores, mantener los bienes comunes, rendir cuentas. Los administradores deben inscribirse en el Registro Nacional de Administradores de Condominios del Ministerio de Vivienda.

Gastos comunes

Los copropietarios deben pagar los gastos comunes en proporción a sus derechos: mantención, aseo, seguridad, servicios de los bienes comunes. Existe además un fondo común de reserva para gastos urgentes o imprevistos. Ver Gastos comunes.

Derechos y obligaciones

  • Usar la unidad y los bienes comunes según su destino, sin afectar a los demás.
  • Respetar el reglamento y las normas de convivencia.
  • Permitir el acceso para reparaciones necesarias.
  • No hacer modificaciones que afecten la estructura o la fachada sin autorización.
  • Responder por los daños que el copropietario, sus arrendatarios u ocupantes causen.

Los arrendatarios y ocupantes están obligados a respetar el reglamento.

Resolución de conflictos

Los conflictos entre copropietarios, o entre estos y la administración, pueden resolverse:

  • Por mediación o arbitraje, si el reglamento lo contempla.
  • Ante el juzgado de policía local de la comuna, que conoce de las infracciones a la ley y al reglamento. Ver Infracciones a la ley de copropiedad.
  • La Secretaría Ejecutiva de Condominios del Ministerio de Vivienda orienta y promueve la buena convivencia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo arrendar mi departamento por plataformas de arriendo temporal?

Depende del reglamento. La Ley 21.442 permite que el reglamento regule o restrinja los arriendos de corta estancia.

El administrador no rinde cuentas, ¿qué hago?

Pide la rendición por escrito al comité. Si no se cumple, puedes convocar a asamblea y, en su caso, recurrir al juzgado de policía local.

Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.

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