Qué opciones existen
En Chile hay tres vías principales para modificar el nombre o los apellidos con que una persona está inscrita en el Registro Civil, y cada una tiene requisitos distintos:
- Cambio de orden de los apellidos, por trámite administrativo en el Registro Civil (Ley 21.334).
- Cambio de nombres o apellidos por causa legal, mediante un procedimiento judicial (Ley 17.344).
- Rectificación de nombre y sexo registral por identidad de género (Ley 21.120).
Si lo que necesitas es corregir un error en tu inscripción (una letra mal escrita, una fecha equivocada), el trámite es otro: la rectificación de partida.
1. Cambio de orden de los apellidos
Desde la Ley 21.334 de 2021, toda persona mayor de 18 años puede pedir, por una sola vez, que se invierta el orden de sus apellidos (que el apellido de la madre pase a ser el primero, por ejemplo).
- Se hace en una oficina del Registro Civil, con reserva de hora en línea y cédula vigente.
- El trámite en sí es gratuito; se paga la publicación en el Diario Oficial y la renovación de los documentos de identidad.
- Si la persona tiene hijos menores, el cambio puede extenderse a ellos; los hijos de entre 14 y 18 años deben consentir.
- El Registro Civil resuelve en un plazo aproximado de 45 días hábiles.
2. Cambio de nombres o apellidos por vía judicial
La Ley 17.344 permite a una persona cambiar sus nombres o apellidos, por una sola vez, en los siguientes casos:
- Cuando le causen menoscabo moral o material: por ser ridículos, risibles o asociados a hechos negativos. También se ha aceptado, por ejemplo, cuando el apellido corresponde a un padre ausente o agresor.
- Cuando haya sido conocida por más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos distintos de los propios. Por ejemplo, quien siempre ha usado su segundo nombre o un apellido de crianza.
- En casos de filiación no matrimonial o no determinada, para agregar un apellido o cambiar uno igual.
- Para castellanizar o traducir nombres o apellidos extranjeros de difícil pronunciación.
Cómo se tramita
- Solicitud ante el juzgado civil del domicilio, con abogado.
- Publicación de un extracto de la solicitud en el Diario Oficial, para que cualquier interesado pueda oponerse.
- Plazo de oposición de 30 días desde la publicación.
- Prueba: normalmente, informaciones sumarias de testigos y documentos que acrediten la causal (certificados, fotos, correos, registros escolares o laborales con el nombre usado).
- Informe del Registro Civil y, en su caso, de otros organismos.
- Sentencia y posterior subinscripción al margen de la partida de nacimiento.
El cambio de apellido de una persona se extiende en ciertos casos a sus descendientes menores de edad, según las reglas de la ley.
3. Ley de Identidad de Género
La Ley 21.120 permite a las personas cuya identidad de género no coincide con su sexo y nombre registral rectificarlos:
- Mayores de 18 años: trámite administrativo ante el Registro Civil.
- Entre 14 y 18 años: solicitud ante el tribunal de familia, con la representación de sus padres o representante legal.
Efectos del cambio
- La persona solo puede usar sus nuevos nombres o apellidos en adelante.
- Se emiten nuevos documentos de identidad.
- El cambio no altera la filiación, los derechos ni las obligaciones de la persona. Las deudas, contratos y títulos siguen siendo suyos.
- Conviene actualizar el nuevo nombre ante bancos, AFP, isapre, SII y otras instituciones.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cambiarme el nombre solo porque no me gusta?
Por vía judicial, debes acreditar alguna de las causales legales. El simple gusto no basta, aunque el uso prolongado de otro nombre por más de cinco años sí es causal.
¿Cuánto demora el cambio judicial?
Depende del tribunal, pero suele tomar varios meses, considerando las publicaciones y el plazo de oposición.
Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.
