Relación directa y regular

Qué es el régimen de visitas o relación directa y regular, cómo se fija, qué hacer si no se cumple y cuándo puede restringirse.

Vista al oriente desde el cerro Santa Lucía. Foto: Felipe Restrepo Acosta, CC BY-SA 4.0

Qué es

La relación directa y regular (conocida popularmente como "régimen de visitas") es el derecho y deber del padre o madre que no vive con su hijo de mantener con él un contacto periódico y estable. Está regulada en el artículo 229 del Código Civil.

Es, ante todo, un derecho del hijo: el derecho a mantener una relación con ambos padres, aunque vivan separados. Por eso, el padre que tiene el cuidado personal no puede obstaculizarla, y el padre que no vive con el hijo tiene el deber de ejercerla.

Cómo se fija

La relación directa y regular puede establecerse:

  • Por acuerdo entre los padres, ojalá por escrito y aprobado por el tribunal (por ejemplo, en una mediación).
  • Por resolución judicial, si no hay acuerdo.

El régimen debe fomentar una relación sana y cercana, considerando el interés superior del hijo, su edad, su opinión, la vinculación con cada padre y el contexto familiar.

Qué puede incluir

Un buen régimen define con claridad:

  • Fines de semana: por ejemplo, fines de semana alternados, con horario de retiro y entrega.
  • Días de semana: visitas o pernoctaciones durante la semana.
  • Vacaciones de invierno y verano.
  • Fechas especiales: cumpleaños, Navidad, Año Nuevo, Fiestas Patrias, día del padre y de la madre.
  • Comunicación telefónica o por videollamada.
  • Lugar y forma de retiro y entrega del hijo.

Mientras más preciso sea, menos conflictos habrá.

Con abuelos y otros parientes

El hijo tiene también derecho a mantener una relación directa y regular con sus abuelos y, en ciertos casos, con otros parientes. Si se les impide, pueden pedirla al tribunal.

Procedimiento judicial

  1. Mediación previa obligatoria, salvo casos de violencia intrafamiliar o maltrato. Ver Mediación familiar.
  2. Demanda ante el tribunal de familia del domicilio del hijo.
  3. El juez puede fijar un régimen provisorio desde el inicio, en la audiencia preparatoria.
  4. Audiencia de juicio y sentencia.

Si no se cumple

Si el padre que tiene el cuidado impide las visitas

  • Se puede pedir al tribunal el cumplimiento del régimen.
  • El juez puede imponer apremios, recuperar el tiempo perdido con días adicionales, y en casos graves y reiterados considerar el incumplimiento como antecedente para cambiar el cuidado personal.

Si el padre que debe visitar no lo hace

El incumplimiento reiterado del padre visitador también es relevante: puede afectar sus pretensiones futuras, y el hijo tiene derecho a que se considere ese abandono, por ejemplo para efectos de la autorización de salida del país.

Cuándo puede restringirse o suspenderse

El juez puede suspender o restringir la relación directa y regular cuando perjudique manifiestamente el bienestar del hijo: por ejemplo, en casos de violencia, abuso, consumo problemático de sustancias o graves trastornos que pongan en riesgo al niño. En esas situaciones, puede ordenar visitas supervisadas o en lugares especiales.

Una deuda de pensión de alimentos no permite impedir las visitas: son obligaciones independientes.

Preguntas frecuentes

Si no me pagan la pensión, ¿puedo no dejar ver a mi hijo?

No. La pensión y las visitas son independientes. Para cobrar la pensión existen otros mecanismos.

Mi hijo no quiere ir con su padre, ¿qué hago?

La opinión del hijo se considera según su edad y madurez. Si hay razones de fondo, conviene plantearlas al tribunal para ajustar el régimen, en lugar de incumplirlo unilateralmente.

Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.

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