Qué es
La demanda de aumento de pensión de alimentos es la acción que permite modificar al alza una pensión ya fijada por sentencia o por un acuerdo aprobado judicialmente, cuando han cambiado las circunstancias que se tuvieron en cuenta al fijarla.
Las sentencias de alimentos no producen cosa juzgada definitiva: pueden revisarse siempre que varíen las necesidades del alimentario o las facultades del alimentante.
Cuándo procede
Puede pedirse el aumento cuando ocurre alguno de estos cambios:
Mayores necesidades del hijo
- El hijo creció y sus gastos aumentaron: un niño que pasó de la sala cuna al colegio, o del colegio a la universidad.
- Nuevos gastos de salud: tratamientos, terapias, enfermedades.
- Cambio de colegio o de actividades educativas justificadas.
- Mayores gastos de vivienda o de cuidado.
Mayores ingresos del alimentante
- El padre o la madre que paga aumentó sus ingresos: cambió de trabajo, ascendió, inició un negocio, recibió una herencia.
- Se descubrió que tenía ingresos o bienes que no declaró en el juicio anterior.
No basta con que haya pasado tiempo: hay que acreditar que la situación cambió respecto de la que existía cuando se fijó la pensión.
Procedimiento
- Mediación previa obligatoria: igual que en la demanda original, primero debe intentarse una mediación familiar. Si se llega a acuerdo, se somete a la aprobación del tribunal. Ver Mediación familiar.
- Demanda ante el tribunal de familia del domicilio del alimentario, con los antecedentes del cambio de circunstancias.
- Audiencia preparatoria: se fijan los hechos a probar y se ofrecen las pruebas. El demandado debe acompañar sus antecedentes económicos.
- Audiencia de juicio: se rinde la prueba y el juez dicta sentencia.
Durante el juicio, puede pedirse que se fije un aumento provisorio.
Qué pruebas presentar
- Boletas, facturas y comprobantes de los gastos actuales del hijo: colegio, salud, alimentación, transporte, actividades.
- Una planilla de gastos mensual detallada, comparada con la de la época en que se fijó la pensión.
- Certificados médicos o educacionales.
- Antecedentes de los ingresos actuales del alimentante: liquidaciones de sueldo, contratos, publicaciones en redes sociales que muestren un mayor nivel de vida, informes del SII, oficios a la AFP o a bancos.
El tribunal puede oficiar a instituciones para conocer los ingresos y bienes del demandado.
Límites
- La pensión no puede exceder del 50% de las rentas del alimentante.
- El tribunal considera también las otras cargas familiares del alimentante, como otros hijos.
Desde cuándo rige el aumento
El aumento se debe, por regla general, desde la fecha de la notificación de la demanda, no desde la sentencia. Por eso conviene no demorar la demanda una vez que cambian las circunstancias.
Preguntas frecuentes
El otro padre gana más pero oculta sus ingresos, ¿qué hago?
Pide al tribunal que oficie al SII, a la AFP y a los bancos. Si se acredita que el demandado ocultó ingresos, el tribunal puede presumir que tiene medios suficientes.
¿Puedo pedir el aumento si hay deuda de pensiones?
Sí. Son acciones distintas: puedes cobrar la deuda y, a la vez, pedir el aumento de la pensión futura.
Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.
