Cuarta de mejoras

Qué es la cuarta de mejoras, a quiénes puede asignarse, cómo se usa en un testamento para favorecer a un hijo o al cónyuge, y qué pasa si no se dispone.

Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Foto: Carlos yo, CC BY-SA 4.0

Qué es

La cuarta de mejoras es la cuarta parte de la herencia que el testador puede asignar libremente, pero solo entre ciertas personas: sus descendientes, su cónyuge, su conviviente civil o sus ascendientes (artículo 1195 del Código Civil).

Es una herramienta para favorecer a uno o algunos de los legitimarios por sobre los demás: a un hijo que cuida al testador, a uno con discapacidad, al cónyuge, a un nieto.

Existe cuando el causante tiene descendientes, cónyuge, conviviente civil o ascendientes. Ver Legítima y asignaciones forzosas.

A quiénes puede asignarse

Solo a:

  • Descendientes: hijos, nietos, bisnietos, aunque no sean legitimarios en ese momento (por ejemplo, un nieto cuyo padre está vivo).
  • Cónyuge sobreviviente.
  • Conviviente civil sobreviviente.
  • Ascendientes: padres, abuelos.

No puede asignarse a hermanos, sobrinos, parejas no casadas ni a terceros. Para ellos está la cuarta de libre disposición.

Cómo se asigna

El testador puede distribuir la cuarta de mejoras como quiera entre esas personas:

  • Toda a una sola persona.
  • En partes desiguales entre varias.
  • Mediante bienes específicos (por ejemplo, "la casa de la playa a mi hija X, con cargo a la cuarta de mejoras").

Puede, además, imponer gravámenes a la cuarta de mejoras, siempre que sean a favor de las mismas personas que pueden recibirla.

Ejemplo

Una persona viuda con tres hijos tiene un patrimonio de $300 millones. Su hija mayor la ha cuidado durante su enfermedad. En su testamento:

  • La mitad legitimaria ($150 millones) se divide entre los tres hijos: $50 millones cada uno.
  • La cuarta de mejoras ($75 millones) la asigna completa a su hija mayor.
  • La cuarta de libre disposición ($75 millones) la divide entre sus tres hijos.

Resultado: la hija mayor recibe $150 millones y cada uno de los otros dos, $75 millones.

Qué pasa si no se dispone de ella

Si el testador no dispone de la cuarta de mejoras (por ejemplo, porque no hace testamento o su testamento no la menciona), esa cuarta acrece a la mitad legitimaria y se reparte entre los legitimarios según las reglas generales. Se forma así la legítima efectiva.

Pactos sobre la cuarta de mejoras

Excepcionalmente, la ley permite que el futuro causante prometa por escritura pública a un descendiente, cónyuge, conviviente civil o ascendiente que no dispondrá de la cuarta de mejoras (artículo 1204). Si después contraviene esa promesa, el beneficiario puede reclamar.

Si se excede

Si el testador asigna la cuarta de mejoras a personas que no pueden recibirla, o excede su monto, los legitimarios perjudicados pueden ejercer la acción de reforma del testamento.

Preguntas frecuentes

¿Puedo dejarle la cuarta de mejoras a un nieto?

Sí, aunque su padre (tu hijo) esté vivo.

¿Puedo usarla para dejarle la casa a mi cónyuge?

Sí. Es una forma frecuente de asegurar que el cónyuge sobreviviente conserve la vivienda familiar.

Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.

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