Usufructo

Qué es el usufructo, cómo se constituye sobre una casa, derechos del usufructuario y del nudo propietario, uso en planificación familiar y cómo se extingue.

Vitacura con la cordillera de fondo. Foto: ESO/J. Girard (djulik.com), CC BY 4.0

Qué es

El usufructo es un derecho real que consiste en la facultad de gozar de una cosa con cargo de conservar su forma y sustancia, y de restituirla a su dueño (artículo 764 del Código Civil).

En el usufructo, la propiedad se "divide" entre dos personas:

  • El usufructuario: tiene el derecho de usar la cosa y percibir sus frutos (por ejemplo, vivir en la casa o cobrar su arriendo).
  • El nudo propietario: es el dueño, pero sin el goce de la cosa mientras dure el usufructo. Cuando el usufructo termina, recupera la propiedad plena.

Uso frecuente: planificación familiar

Un uso muy común en Chile es que los padres traspasen la nuda propiedad de su casa a sus hijos, reservándose el usufructo de por vida. Así:

  • Los padres siguen viviendo en la casa (o arrendándola) hasta su muerte.
  • Al fallecer, el usufructo se extingue y los hijos quedan como dueños plenos, sin necesidad de herencia respecto de ese bien.

Esta estrategia tiene implicancias: la transferencia de la nuda propiedad puede estar afecta a impuesto a las donaciones si es gratuita, puede considerarse en el cálculo de las legítimas, y los padres pierden la facultad de vender la propiedad sin el acuerdo de los hijos. Conviene evaluarla con asesoría. Ver Legítima y asignaciones forzosas.

Cómo se constituye

  • Por acuerdo entre vivos: por escritura pública e inscripción en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador, cuando recae sobre inmuebles.
  • Por testamento.
  • Por ley: por ejemplo, el derecho legal de goce de los padres sobre ciertos bienes de los hijos.
  • Por sentencia judicial: por ejemplo, como forma de pago de la compensación económica o sobre un bien familiar.

Plazo

El usufructo puede constituirse:

  • Por un plazo determinado.
  • Por toda la vida del usufructuario (usufructo vitalicio).

Si no se fija un plazo, se entiende vitalicio. Cuando el usufructuario es una persona jurídica, no puede durar más de treinta años.

Derechos y obligaciones del usufructuario

Derechos:

  • Usar la cosa y percibir sus frutos naturales y civiles (rentas de arriendo).
  • Arrendar o ceder el ejercicio de su usufructo, salvo prohibición.

Obligaciones:

  • Conservar la cosa y restituirla al término.
  • Hacer un inventario al inicio y, en ciertos casos, rendir caución.
  • Pagar las expensas ordinarias de conservación y los impuestos periódicos, como las contribuciones.

Las reparaciones mayores corresponden al nudo propietario.

Extinción

El usufructo se extingue:

  • Por la muerte del usufructuario (o el término del plazo).
  • Por la consolidación: cuando el usufructuario y el nudo propietario pasan a ser la misma persona.
  • Por la renuncia del usufructuario.
  • Por la destrucción completa de la cosa.
  • Por sentencia judicial, en caso de abuso grave del usufructuario.

Cuando se extingue el usufructo sobre un inmueble, conviene inscribir su cancelación en el Conservador, acompañando, por ejemplo, el certificado de defunción del usufructuario.

Diferencia con uso y habitación

El derecho de uso y el derecho de habitación son derechos más limitados: permiten usar la cosa (o habitar la casa) solo en la medida de las necesidades del titular y su familia, y no pueden arrendarse ni cederse.

Preguntas frecuentes

Si mis padres tienen el usufructo, ¿puedo vender mi nuda propiedad?

Sí, pero el comprador recibirá la propiedad gravada con el usufructo hasta que este se extinga.

¿Quién paga las contribuciones?

Por regla general, el usufructuario.

Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.

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