Reorganización simplificada

La reorganización simplificada permite a micro y pequeñas empresas reestructurar sus deudas con menos costos y trámites que la reorganización judicial.

Barrio financiero de Santiago. Foto: Rjcastillo, CC BY-SA 4.0

Qué es

La reorganización simplificada es un procedimiento creado por la Ley 21.563, vigente desde el 11 de agosto de 2023, para que las micro y pequeñas empresas puedan reestructurar sus deudas con sus acreedores sin el costo y la complejidad de una reorganización judicial ordinaria.

Su objetivo es el mismo: que una empresa viable con problemas de pago pueda seguir funcionando, protegida de embargos mientras negocia un acuerdo con todos sus acreedores a la vez.

Quién puede usarla

Las empresas deudoras que califiquen como micro o pequeña empresa según la Ley 20.416 y el artículo 505 bis del Código del Trabajo. Como referencia, la Ley 20.416 considera microempresa a la que vende hasta 2.400 UF al año y pequeña empresa a la que vende más de 2.400 y hasta 25.000 UF. La calidad se acredita con una declaración jurada.

Esto incluye a sociedades pequeñas, EIRL y personas naturales que tienen un negocio como contribuyentes de primera categoría.

Qué la hace "simplificada"

Respecto de la reorganización judicial, los principales cambios son:

  • Menor costo de entrada. Basta una declaración jurada del patrimonio, en lugar del certificado de un auditor independiente.
  • Veedor que asesora. El veedor, de categoría B, no solo supervisa: asesora al deudor en la preparación de su propuesta.
  • Modelos de propuesta. La Superintendencia elabora modelos de propuesta de acuerdo mediante normas de carácter general, para facilitar su preparación.
  • Sin junta obligatoria. No se requiere junta de acreedores para votar, salvo que la pidan acreedores que representen al menos el 30% del pasivo con derecho a voto. Los acreedores pueden votar por escrito.
  • Prórroga simple de la protección. La protección financiera se prorroga con la sola petición del deudor, mediante una aprobación tácita, sin necesidad de reunir apoyos de acreedores como en la reorganización judicial.

Cómo funciona

  1. Solicitud. El deudor la presenta ante el tribunal civil de su domicilio, con abogado, acompañando la declaración jurada, la lista de acreedores y los demás antecedentes.
  2. Resolución de reorganización simplificada. El tribunal designa al veedor y se inicia la protección financiera concursal: no se puede pedir la liquidación de la empresa ni iniciar ejecuciones en su contra mientras dure.
  3. Verificación de créditos. Los acreedores verifican sus créditos dentro del plazo legal.
  4. Propuesta y votación. El deudor, con asesoría del veedor, presenta su propuesta. Los acreedores votan por escrito o en junta si se solicitó.
  5. Acuerdo. Si se aprueba con las mayorías legales, obliga a todos los acreedores. Se supervisa su cumplimiento.

Si la propuesta no se aprueba, el procedimiento puede derivar en la liquidación de la empresa, como ocurre en la reorganización judicial.

Cuándo conviene

  • La empresa tiene un negocio rentable, pero acumuló deudas que no puede pagar en los plazos originales.
  • Hay acreedores amenazando con embargos que pondrían en riesgo la operación.
  • La empresa necesita tiempo y condiciones nuevas, no cerrar.

Si la empresa no es viable, la salida ordenada es la liquidación simplificada.

Preguntas frecuentes

¿Puedo seguir operando normalmente?

Sí. La empresa conserva su administración, bajo supervisión del veedor. Ciertos actos relevantes, como vender activos importantes, requieren autorización.

¿Qué pasa con mis deudas personales si tengo una sociedad?

La reorganización de la sociedad no alcanza tus deudas personales ni libera tus fianzas o avales por las deudas de la empresa, salvo que el acuerdo y la ley lo permitan.

¿Cuánto cuesta?

Es más barata que la reorganización judicial, pero hay que considerar los honorarios del veedor y del abogado.

Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.

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