Liquidador concursal

Quién es el liquidador, cómo se designa, qué funciones cumple en una liquidación, cómo se le paga y qué hacer si no cumple sus deberes.

Barrio financiero de Santiago. Foto: Rjcastillo, CC BY-SA 4.0

Qué es

El liquidador es el profesional que administra y vende los bienes del deudor en un procedimiento de liquidación de la Ley 20.720, y reparte lo obtenido entre los acreedores. Reemplazó al antiguo "síndico de quiebras".

No es un funcionario público: es un particular que forma parte de una nómina llevada por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, que lo fiscaliza y puede sancionarlo.

Requisitos

Para integrar la nómina de liquidadores se exige, entre otros, tener un título profesional de una carrera de al menos diez semestres, experiencia profesional mínima, aprobar un examen ante la Superintendencia y contar con una garantía de fiel desempeño.

Desde la Ley 21.563 los liquidadores se dividen en dos categorías:

  • Categoría A: puede actuar en las liquidaciones ordinarias de empresas.
  • Categoría B: actúa en las liquidaciones simplificadas de personas y micro y pequeñas empresas.

Cómo se designa

  • Liquidación voluntaria: el propio deudor puede proponer un liquidador al presentar su solicitud, sujeto a las reglas legales.
  • Liquidación forzosa: el acreedor demandante puede proponer uno.
  • Además, los tres mayores acreedores no relacionados con el deudor pueden proponer candidatos; si un acreedor tiene más del 50% del pasivo, prima su propuesta. Si nadie propone, el nombramiento se hace por sorteo entre los liquidadores de la nómina.

La designación queda ratificada o puede cambiarse en la primera junta de acreedores.

Funciones

El liquidador representa los intereses generales de los acreedores y los del deudor en lo relativo a sus bienes. Entre sus funciones están:

  • Incautar e inventariar los bienes del deudor (en la liquidación simplificada, por regla general, el deudor los entrega).
  • Administrar esos bienes mientras se venden, incluyendo cobrar lo que se le adeude al deudor.
  • Vender los bienes por las vías que permite la ley o acuerde la junta: remate, venta como unidad económica, venta directa o, en los procedimientos simplificados, portales electrónicos.
  • Revisar y objetar los créditos verificados.
  • Ejercer las acciones revocatorias contra actos que perjudicaron a los acreedores.
  • Pedir la declaración de mala fe del deudor cuando corresponda.
  • Comunicar los despidos y velar por los créditos de los trabajadores.
  • Hacer los repartos según la prelación de créditos.
  • Rendir cuentas mensuales y una cuenta final de su administración.

Cómo se le paga

Los honorarios del liquidador se calculan según una tabla progresiva en UF sobre lo que se obtenga de la venta de bienes, con un mínimo fijado por la ley. Se pagan con cargo a la masa, es decir, con los bienes del deudor, como gasto del procedimiento de primera clase.

Cuenta final

Cuando termina su labor, el liquidador presenta una cuenta final de administración: qué bienes recibió, cuánto obtuvo, qué pagó y a quién. El deudor y los acreedores pueden objetarla dentro del plazo legal (10 días en la liquidación simplificada). Sin cuenta final aprobada no hay resolución de término y, en el caso de las personas, tampoco extinción de deudas.

Qué hacer si el liquidador no cumple

  • Reclamar ante la Superintendencia, que fiscaliza a los liquidadores y puede imponer sanciones, desde amonestaciones y multas hasta la exclusión de la nómina.
  • Objetar su cuenta ante el tribunal.
  • Pedir su remoción en la junta de acreedores o ante el tribunal en los casos que prevé la ley.
  • Demandar los perjuicios causados por su actuación negligente o dolosa.

Preguntas frecuentes

¿El liquidador trabaja para mí si soy el deudor?

No exactamente. Actúa en interés de todos los acreedores y del procedimiento, aunque también debe velar por los derechos del deudor, por ejemplo excluyendo los bienes inembargables.

¿Puedo hablar directamente con el liquidador?

Sí, y es recomendable colaborar: entregarle a tiempo la información que pida evita incidentes y cualquier sospecha de mala fe.

Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.

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