Qué es
El finiquito es el documento que pone término formal a la relación laboral, en el que se detallan los pagos que el empleador hace al trabajador por el término del contrato y en el que ambas partes declaran qué queda pagado. Está regulado en el artículo 177 del Código del Trabajo.
Su efecto más importante es el poder liberatorio: lo que el trabajador declara recibido y dar por pagado en el finiquito, en principio, ya no podrá reclamarlo después. Por eso es un documento que nunca debe firmarse sin leerlo.
Requisitos para que sea válido
Para tener poder liberatorio, el finiquito debe:
- Constar por escrito.
- Ser firmado por el trabajador y ratificado ante un ministro de fe: un inspector del trabajo, un notario, un oficial del Registro Civil o el secretario municipal de la comuna; o bien firmarse electrónicamente a través del portal de la Dirección del Trabajo.
- En su caso, acompañar los certificados que acrediten el pago de las cotizaciones previsionales.
Un finiquito que no cumple estas formalidades no puede ser invocado por el empleador para liberarse de sus obligaciones.
Plazo para pagarlo
El empleador debe otorgar y pagar el finiquito dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación del trabajador, poniéndolo a su disposición. Las partes pueden acordar pagar las indemnizaciones en cuotas, pero ese pacto debe quedar en el finiquito ratificado; si después se incumple una cuota, se hace exigible todo el saldo.
Si el empleador no paga en plazo, puedes reclamar ante la Inspección del Trabajo o demandar el cobro.
Qué debe incluir
Según la causal de término, el finiquito puede incluir:
- Remuneraciones pendientes del último mes.
- Feriado proporcional y feriado no utilizado.
- Indemnización por años de servicio, si corresponde.
- Indemnización sustitutiva del aviso previo, si corresponde.
- Gratificación proporcional, bonos o comisiones devengados.
- Descuentos legales (impuestos y cotizaciones sobre lo que es remuneración) y, en el despido por necesidades de la empresa, el aporte del empleador al seguro de cesantía.
La calculadora de finiquito de este sitio permite estimar los montos según la causal.
Qué revisar antes de firmar
- La causal de término. ¿Coincide con la carta de despido? ¿Estás de acuerdo con ella?
- La base de cálculo. ¿Incluye todas las remuneraciones mensuales o solo el sueldo base?
- Los años de servicio. ¿Se consideró la fecha real de inicio, incluso si antes estuviste a honorarios o con contratos sucesivos?
- El feriado. ¿Se convirtieron los días hábiles a corridos?
- Las cotizaciones. ¿Están todas pagadas? Revisa tu certificado de AFP.
- Las cláusulas generales. Frases como "nada más se adeuda por ningún concepto" amplían el efecto liberatorio.
Si no estás de acuerdo
Tienes tres opciones:
- No firmar y demandar dentro de plazo. Ver Plazo para demandar por despido.
- Firmar con reserva de derechos, recibiendo el dinero pero dejando a salvo tu derecho a demandar lo que reservas. Ver Reserva de derechos en el finiquito.
- Negociar con el empleador antes de firmar, por ejemplo el pago de diferencias.
Firmar el finiquito no suspende el plazo para demandar: los 60 días hábiles corren desde la separación.
Preguntas frecuentes
¿Estoy obligado a firmar?
No. Nadie puede obligarte a firmar un finiquito. Si no lo firmas, el empleador puede consignar los montos que reconoce en la Inspección o en el tribunal, y la discusión se resuelve en juicio.
¿Puedo firmarlo en la empresa ante el gerente?
No tendrá poder liberatorio si no se ratifica ante un ministro de fe o por el portal de la Dirección del Trabajo.
Me ofrecen pagar si firmo hoy, ¿qué hago?
Pide tiempo para revisarlo. El empleador tiene plazo legal para pagarlo; no tienes por qué firmar bajo presión.
Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.
