Qué es
La Ley Karin es la Ley 21.643, vigente desde el 1 de agosto de 2024, que modificó el Código del Trabajo y otras normas para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo. Lleva el nombre de Karin Salgado, técnica en enfermería que falleció en 2019 tras haber denunciado acoso laboral en el hospital donde trabajaba.
Su principal cambio es de enfoque: ya no basta con reaccionar ante una denuncia; el empleador está obligado a prevenir activamente estas conductas.
Las tres conductas que regula
- Acoso laboral: toda conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores contra otro u otros, por cualquier medio, que tenga como resultado su menoscabo, maltrato o humillación, o que amenace o perjudique su situación laboral u oportunidades de empleo. La Ley Karin eliminó la exigencia de que la conducta sea reiterada: basta una sola vez.
- Acoso sexual: requerimientos de carácter sexual no consentidos por quien los recibe, que amenacen o perjudiquen su situación laboral u oportunidades de empleo.
- Violencia en el trabajo: conductas que afecten a los trabajadores con ocasión de la prestación de servicios, ejercidas por terceros ajenos a la relación laboral, como clientes, pacientes, usuarios o proveedores.
Obligaciones del empleador
- Protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, que identifique los riesgos, establezca medidas para prevenirlos y defina cómo se informará a los trabajadores.
- Procedimiento de investigación y sanción, incorporado al reglamento interno.
- Medidas de resguardo para la persona denunciante desde que se recibe la denuncia, como separar los espacios físicos o redistribuir la jornada.
- Informar semestralmente los canales de denuncia y los mecanismos de acceso a las prestaciones del seguro de la Ley 16.744.
- Capacitar sobre estas materias.
Cómo se denuncia
El trabajador puede presentar la denuncia, por escrito o verbalmente:
- Ante su empleador, que debe investigar internamente o derivar la denuncia a la Dirección del Trabajo dentro de los 3 días hábiles siguientes.
- Directamente ante la Inspección del Trabajo.
La investigación
- Debe concluir en un plazo de 30 días hábiles.
- Debe respetar la confidencialidad, la imparcialidad, la celeridad y la perspectiva de género, y dar a ambas partes la posibilidad de ser oídas y aportar pruebas.
- Terminada la investigación interna, el empleador envía el informe a la Dirección del Trabajo, que puede formular observaciones.
- Recibido el pronunciamiento de la Dirección del Trabajo o vencido su plazo, el empleador debe aplicar las medidas o sanciones que correspondan dentro de los 15 días siguientes.
Qué sanciones o consecuencias puede haber
- Para el acosador: amonestación, multa, cambio de funciones o el despido por las causales del artículo 160 N°1 letras b) o f), o la nueva letra g) por violencia.
- Para el empleador que no cumple: multas de la Inspección del Trabajo y, si la víctima pone término al contrato, el autodespido con recargo de hasta 80% e indemnización de perjuicios.
- Para el trabajador víctima: puede también ejercer una acción de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales.
Además, la víctima tiene derecho a atención psicológica temprana a través del organismo administrador de la Ley 16.744 (mutual o ISL).
Preguntas frecuentes
¿Se aplica a empresas pequeñas?
Sí. Todas las empresas deben tener protocolo de prevención y procedimiento de investigación. Si la empresa tiene menos de 10 trabajadores y no está obligada a reglamento interno, igualmente debe contar con un procedimiento.
¿Puedo denunciar si el acosador es mi jefe directo?
Sí. Precisamente para esos casos existe la posibilidad de denunciar directamente ante la Inspección del Trabajo.
¿Qué pasa si la denuncia resulta falsa?
Las denuncias hechas con falsedad o mala fe comprobada pueden dar lugar a la responsabilidad de quien las formuló, incluido el despido por la causal correspondiente.
Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.
