Testamento cerrado

Qué es un testamento cerrado, cómo se otorga ante notario y tres testigos, por qué mantiene en reserva su contenido y cómo se abre tras el fallecimiento.

Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Foto: Carlos yo, CC BY-SA 4.0

Qué es

El testamento cerrado, también llamado secreto, es aquel en que el testador no da a conocer sus disposiciones a los testigos ni al notario (artículo 1008 del Código Civil). El testador entrega su testamento en un sobre cerrado, y el notario y los testigos solo dejan constancia de que ese sobre contiene su testamento.

Se usa cuando el testador quiere mantener en reserva el contenido de su voluntad hasta después de su muerte.

Requisitos

Del testador

  • Debe saber leer y escribir. Por eso no pueden otorgar testamento cerrado quienes no saben leer o escribir.
  • Debe escribir o al menos firmar el testamento que va dentro del sobre.

Del otorgamiento

  1. El testador presenta ante el notario y tres testigos una escritura cerrada (el sobre), declarando de viva voz, de manera que el notario y los testigos lo vean, oigan y entiendan, que en esa escritura se contiene su testamento.
  2. El notario escribe en la cubierta del sobre el epígrafe "testamento", la circunstancia de hallarse el testador en su sano juicio, el nombre, apellido y domicilio del testador y de cada uno de los testigos, y el lugar, día, mes y año del otorgamiento.
  3. Firman la cubierta el testador, los testigos y el notario.
  4. Todo debe hacerse en unidad de acto.

El notario guarda una constancia del otorgamiento, y el testamento se informa al Registro Nacional de Testamentos. El sobre puede quedar en poder del testador, del notario o de un tercero de su confianza.

La apertura

Después del fallecimiento, el testamento cerrado no puede ejecutarse sin antes abrirse judicialmente (artículos 1025 y siguientes del Código Civil y 866 y siguientes del Código de Procedimiento Civil):

  1. Cualquier interesado pide la apertura al juez del último domicilio del testador, acompañando el sobre y el certificado de defunción.
  2. El juez cita al notario y a los testigos que intervinieron, para que reconozcan sus firmas y declaren si el sobre está cerrado, sellado y sin alteraciones.
  3. Si no pueden comparecer todos, la ley permite otras formas de verificación.
  4. Comprobada la integridad, el juez abre el testamento, lo rubrica y ordena protocolizarlo ante un notario.

Con la copia del testamento protocolizado se tramita la posesión efectiva testada.

Ventajas y desventajas

Ventajas:

  • Reserva absoluta del contenido mientras el testador viva.
  • El testador puede redactarlo con tranquilidad, en privado.

Desventajas:

  • Si el sobre se pierde, se destruye o es abierto antes de tiempo, el testamento puede quedar sin efecto.
  • La apertura judicial agrega un trámite y tiempo a la herencia.
  • Si el contenido no fue revisado por un abogado, puede contener disposiciones ilegales o confusas que generen conflictos o la reforma del testamento.
  • Más vulnerable a impugnaciones por defectos de forma.

Recomendaciones

  1. Aunque el contenido sea secreto, conviene que un abogado revise la redacción para que respete las asignaciones forzosas.
  2. Deja el sobre en custodia del notario o de una persona de confianza.
  3. Informa a alguien de confianza que existe un testamento cerrado, para que sea buscado oportunamente.

Testamento abierto vs. cerrado

Testamento abierto Testamento cerrado
Contenido Conocido por notario y testigos Secreto
Custodia Protocolo notarial Sobre en poder del testador, notario o tercero
Apertura judicial No requiere Sí requiere
Uso Muy frecuente Poco frecuente

Preguntas frecuentes

¿Puedo revocar un testamento cerrado?

Sí, mediante un nuevo testamento otorgado con las solemnidades legales.

Encontré un sobre de testamento cerrado, ¿puedo abrirlo?

No. Debe entregarse al juez para su apertura. Abrirlo antes puede afectar su validez y generar responsabilidad.

Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.

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