Fianza y codeudor solidario

Diferencias entre ser fiador, aval y codeudor solidario: qué te pueden cobrar, qué defensas tienes y qué pasa si el deudor principal no paga.

Palacio de los Tribunales de Justicia desde la plaza Montt-Varas. Foto: Janitoalevic, CC BY-SA 4.0

Por qué importa

Firmar como garante de la deuda de otra persona es uno de los compromisos más riesgosos que se asumen, muchas veces por buena voluntad hacia un familiar o amigo. Saber exactamente qué se firmó cambia mucho lo que el acreedor puede cobrar y cómo.

La fianza

La fianza es el contrato por el cual una persona (el fiador) se obliga a cumplir una obligación ajena, total o parcialmente, si el deudor principal no la cumple (artículo 2335 del Código Civil).

Sus características principales:

  • Es accesoria: depende de la obligación principal. Si la deuda principal se extingue, la fianza también.
  • Es subsidiaria: el fiador responde solo si el deudor no paga.

Beneficios del fiador

  • Beneficio de excusión: cuando el acreedor cobra al fiador, este puede exigir que primero se persiga al deudor principal y sus bienes (artículo 2357). Debe oponerlo oportunamente e indicar bienes del deudor.
  • Beneficio de división: si hay varios fiadores, cada uno puede pedir que la deuda se divida entre ellos.
  • Subrogación: el fiador que paga puede cobrarle al deudor principal todo lo que pagó, con intereses y gastos.

El codeudor solidario

El codeudor solidario se obliga directamente por el total de la deuda, junto al deudor principal. El acreedor puede cobrarle a cualquiera de ellos el total, a su elección, sin necesidad de perseguir primero al deudor principal (artículo 1514).

En la práctica, los bancos, financieras y arrendadores prefieren el codeudor solidario, porque elimina el beneficio de excusión. Por eso la mayoría de los contratos se firman con la cláusula de "fiador y codeudor solidario": quien firma así renuncia a los beneficios del fiador y responde como si fuera el deudor.

El aval

El aval es una garantía propia de los títulos de crédito (pagarés, letras de cambio). El avalista responde en los mismos términos que el obligado por quien se constituye, es decir, de forma directa y solidaria. Ver Pagaré y Letra de cambio.

Comparación

Fiador simple Fiador y codeudor solidario / aval
¿Le pueden cobrar antes que al deudor? No, puede exigir que se cobre primero al deudor Sí, desde el primer día de mora
¿Responde del total? Sí, pero puede pedir división si hay varios fiadores Sí, del total
¿Puede cobrar después al deudor? Sí Sí

Qué pasa si el deudor principal se declara en liquidación

Si el deudor principal pide su liquidación voluntaria, sus deudas pueden extinguirse al terminar el procedimiento, pero la extinción no beneficia a los fiadores, avales ni codeudores. El acreedor puede seguir cobrándoles a ellos. Ver Extinción de deudas en la liquidación.

Defensas del garante

  • Revisar si la deuda principal es válida y no está prescrita. Si la obligación principal prescribió, la fianza también.
  • Verificar el monto: el garante no responde por más de lo que debe el deudor principal.
  • Si el acreedor otorgó al deudor prórrogas sin consentimiento del fiador, en ciertos casos la fianza puede extinguirse.
  • Alegar el beneficio de excusión, si se firmó como fiador simple.

Recomendaciones antes de firmar

  1. Lee el documento completo y verifica en qué calidad firmas.
  2. Considera que podrías tener que pagar el total de la deuda.
  3. Pregunta si es posible limitar tu responsabilidad a un monto o plazo.
  4. Pide al deudor que te informe si se atrasa en los pagos.

Preguntas frecuentes

Soy codeudor en un arriendo que terminó, ¿me pueden cobrar?

Sí, las rentas y daños impagos del período en que estuviste obligado, dentro del plazo de prescripción.

Pagué la deuda de mi hijo como codeudor, ¿puedo cobrársela?

Sí. Quien paga como codeudor o fiador puede repetir contra el deudor principal.

Información general sobre la ley chilena vigente a noviembre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso.

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